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¿Existe la abogacía preventiva?

O, ¿por qué siempre recurrimos a un abogado cuando el daño ya está hecho?

Hay varios
conceptos que la gente no conoce y practica, yo misma incluso…y otros que se
conocen y no se practican por educación…

 

Hay medicina
preventiva, por Ej. las vacunas, los controles periódicos, etc.; hay seguros
para evitar pagar si nos roban el auto, y por esto nos aseguramos, es mas, a
ninguno nos falta un contador cerca.

 

Ahora bien
cuando se trata de abogados y juicios, pareciera que solo cuando tenemos encima
el problema, la demanda, el mandamiento o la cedula de notificación, recurrimos
sin mas remedio al abogado, incluso muchas veces, sin conocer a ninguno de
confianza y debiendo preguntar a conocidos…

 

Es decir, y como comentaba una colega
especialista en Familia (la Dra. Mirta Núñez), si necesitamos operarnos
mañana, sabremos seguramente donde, con quien, y en que centro, según nuestra
obra social (porque además, sabemos que podemos enfermarnos y por eso existen
las prepagas y su contratación anticipada) Sin embargo no ocurre esto con
nuestra profesión.

 

El abogado no
es visitado por el cliente, culturalmente, para “conocerlo”, por si alguna vez
debemos recurrir a él, tampoco buscamos uno si no tenemos problemas
legales, tampoco se recurre al momento de firmar cualquier documento.

 

El
argentino medio, prefiere “ahorrar” y comprar el formato modelo del contrato (de
alquiler por Ej.) en la librería, y al momento que el contrato no se cumpla,
(sí Sres., el contrato se hace para el caso de que lo que se pacta no se cumpla)
ahí sí vienen a visitarnos, y a que no saben en ese momento que es lo que tienen
para defenderse? El contrato !. “El contrato es para las partes como
la ley misma”
.(Código Civil Arg.)

 

Cantidad de
clientes vienen a la consulta con un problema que deviene de un mal
asesoramiento anterior, de un contrato mal redactado, leonino o que abusa de
ellos.

 

Otro ejemplo son los que parecen no darse cuenta que la inmobiliaria hace
los contratos “tipo”, o a veces más a favor de quien le dio la propiedad para
alquilar y no del inquilino, amén de no ser abogados.

 

No cualquiera puede
hacer un contrato. Pues bien, ese inquilino, antes de firmarlo deberá hacerlo
ver con “SU” abogado para que al momento de tener un problema a futuro, si lo
tiene, cuente con las mejores armas para su defensa, y no las peores.

 

Para
comprar, vender, alquilar, contratar, salir de garante, sacar un crédito,
certificar mi firma para, etc., etc

 

Y así con
todo. Si la idea es formar una sociedad con amigos para un emprendimiento
comercial, a pesar de tener la mejor relación, y ante la eventualidad de que la
plata traiga problemas, formalizarlo con un contrato es lo mejor. Pues bien, al
abogado.

 

La consulta
será barata en relación al entuerto, al juicio, al embargo, o a una denuncia
posterior, y esto es lo que debería entenderse

 

NOSOTROS
TRATAMOS DE CONCILIAR, DE ARREGLAR, DE RESTITUIR LAS COSAS A SU ESTADO ANTERIOR,
pero todo es más fácil, si antes se tomaron todos los recaudos…

 

Otro ejemplo
son los telegramas laborales. El juicio laboral se gana y se pierde con los
telegramas que se mandan y envían las partes, y en eso se basara el juicio
posterior, si se envían fuera de fecha, incorrectamente, omitiendo colocar o
cumplir leyes o supuestos específicos, luego no hay manera de remontarlo en
juicio, por lo que deben efectuarse y confeccionarse por un abogado
especializado.

 

Quien
renuncia no puede impugnar en la mayoría de los casos esta, y si se renuncia,
más allá lo que digan los “amigos no abogados”, no se cobrara indemnización.
Tampoco se puede convertir en despido.

 

También es
bueno saber que si cobro algo de una deuda, o pago parte, la contraparte nos
hará firmar algo también, desistiendo, agregando intereses, etc., y uno a veces,
por cobrar o pagar rápido no lee…

 

Por tanto no
es lógico que nos asesore el abogado de la empresa que nos abona, o nos
represente en el Ministerio de Trabajo.

 

Si voy a
cobrar por algún siniestro al Seguro, ojo también, ojo con las incapacidades,
ojo con las ART, los tiempos y las apelaciones.

 

El abogado
no debería
comenzar a intervenir en juicio, con un buen asesoramiento
previo, y si este es conciliador, no debería arribarse a juicio.

 

En mi caso
particular no me formaron solo para hacer juicios, de hecho, si puedo, los
evito. En este país, son largos, costosos y tribunales una desgracia.

 

Cualquier
cuestión para mí es mediable, negociable y conciliable, sin que esto
implique aceptar cualquier trato, otra creencia popular!

 

En fin, mi
consejo: antes de firmar cualquier cosa, es llevarla al abogado para que la
revise y nos de el OK, y siempre contar con un abogado de confianza. Lo barato,
sino, sale caro…
 

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