Incluso, en numerosas ocasiones son los propios hijos de nuestros
mayores los
que buscan desesperados una forma de obtener financiación para poder atender
económicamente a sus padres.
Como alternativa a esas situaciones existen
productos financieros que les pueden proporcionar una solución: la Renta
Vitalicia Inmobiliaria, la Hipoteca Inversa y el Seguro de Rentas Vitalicias
Dinerarias.
Cada producto tiene unas características diferentes que se adaptan a las
distintas circunstancias en las que se encuentra la Persona Mayor, pero los tres
permiten complementar la pensión con unos ingresos extra mensuales y para toda
la vida.
Grupo Retiro, empresa pionera y líder en España ofreciendo soluciones
financieras a las Personas Mayores, lleva más de 15 años asesorando sobre los
productos que en cada caso concreto mejor se ajustan a las diferentes
necesidades. Actualmente, comercializa los tres productos y realiza un estudio
gratuito y personalizado de cada uno de ellos.
La Renta Vitalicia Inmobiliaria es un contrato mediante el cual una Persona
Mayor percibe una pensión mensual durante el resto de su vida, a cambio de la
cesión de la propiedad de su vivienda pero manteniendo el derecho de uso y
disfrute de la misma.
Esta fórmula está destinada principalmente a las personas
mayores de 65 años, propietarios de pisos que generalmente estén libres de
cargas, y que deseen vivir lo mejor posible con sus propios recursos económicos
a través de una adecuada gestión de su
patrimonio inmobiliario y, todo ello, sin
perder la referencia que supone seguir viviendo en su casa de siempre.
Además,
si la Persona Mayor renuncia al usufructo de la vivienda para irse a vivir una
Residencia la Renta mensual se incrementaría de forma considerable.
De esta
manera, la Persona Mayor puede contratar una Renta Vitalicia mientras sigue
viviendo en su casa y así pagar, por ejemplo, la asistencia a domicilio que
pudiera necesitar y cuando lo desee trasladarse a una Residencia, a la vez que
incrementa su renta mensual.
Por su parte, la Hipoteca Inversa es un préstamo con garantía hipotecaria
destinado a personas mayores de 65 años propietarias de una vivienda, a través
del cual las Entidades Financieras y Compañías Aseguradores que las
comercializan pagan a estas personas una renta mensual, con la particularidad
(y de ahí su denominación) de que la Persona Mayor no tiene que devolver en vida
las cantidades recibidas ni los intereses como sucede con una hipoteca normal,
sino que la deuda se va acumulando y su cancelación queda aplazada al
fallecimiento del contratante.
Con la Hipoteca Inversa la Persona Mayor se
asegura una renta mensual sin perder la titularidad de su vivienda. Por lo cual,
también puede seguir viviendo en su casa y cuando lo desee trasladarse a una
Residencia, sin embargo con este producto su renta no variará.
Por último, mediante el seguro de Rentas Vitalicias Dinerarias, la Persona Mayor
puede planificar la inversión del capital que haya obtenido, por ejemplo, de la
venta de su vivienda para asegurarse igualmente el cobro de una renta mensual
para toda la vida.
Se trata de una modalidad de los seguros de vida-ahorro en el
que una Compañía de Seguros garantiza al contratante el cobro de una Renta
periódica hasta su fallecimiento (modalidad vitalicia) o durante el período que
se establezca (modalidad temporal), a cambio del pago de una Prima Única, es
decir, por la aportación de una cantidad de dinero / capital por una sola vez.
Esa Renta (generalmente mensual, aunque también puede percibirse trimestral,
semestral o anualmente) que pagará la Entidad Aseguradora incluye el pago de
unos intereses que pueden llegar a ser muy atractivos, y que en la actualidad,
se retribuyen a un tipo de interés anual superior al 3%.
De cualquier modo, el problema de cómo pagar las cuotas de una Residencia cuando
no se tiene el capital necesario quedaría resuelto para todas aquellas Personas
Mayores que decidan rentabilizar su patrimonio inmobiliario, es decir, su
vivienda mediante una Renta Vitalicia Inmobiliaria, de una Hipoteca Inversa o de
un Seguro de Rentas Vitalicias Dinerarias.
Caso Práctico
Mujer de 80 años con una vivienda de 200.000 € en Madrid capital.
* Si Usted quiere mantener el uso y/o la propiedad de su vivienda:
–Con
una Renta Vitalicia Inmobiliaria: 873 € mensuales, con reserva del usufructo de
la vivienda y liberando el pago del IBI, derramas extraordinarias y seguro del
continente de la vivienda. Si renunciara al uso y disfrute de la vivienda la
mensualidad tendría un incremento mínimo de un 40%.
– Con una Hipoteca Inversa: 610 € mensuales.
* Si Usted quiere vender su vivienda:
El dinero obtenido por a través de la venta de la vivienda se colocaría en parte
o en su totalidad a través de un Seguro de Rentas Vitalicias.
– Si la prima aportada fuera de 100.000 €: 790 € / mes vitalicios.
– Si la prima aportada fuera de 200.000 €: 1.610 € / mes vitalicios.
Por Carlos Martínez Cerezo
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