Residencia
permanente condicional
Si
el status de residencia permanente se obtuvo a través del matrimonio con un
ciudadano/a norteamericano/a o a través de una inversión categoría EB-5, su
residencia permanente puede considerarse condicional. Este sería el caso si el
matrimonio data de menos de dos años en el momento de otorgarse la residencia
permanente. Si este es su caso, entonces su residencia permanente expirará en
dos años, a menos que usted peticione de manera exitosa para que la cláusula de
condicionalidad se haga cesar. Ese proceso requerirá la emisión de una Petición
para Eliminar la Condicionalidad de la Residencia Permanente dentro de los 90
días que precedan a la expiración de la residencia. Usted sabrá si éste es su
caso porque en su visa figurará una fecha de expiración de dos años en lugar de
una de diez.
Sus
derechos y responsabilidades
Como
residente permanente, tiene derecho a vivir de forma permanente en los Estados
Unidos y a trabajar en casi todos los empleos, salvo unos pocos. Usted poseerá
la mayoría de los mismos derechos que los ciudadanos norteamericanos. Hay sólo
unas pocas excepciones. Salvo por algunos tipos de elecciones locales, a usted
no se le permitirá votar en la mayoría de los comicios, y si intenta votar en
elecciones restringidas solamente a ciudadanos norteamericanos, puede ser
motivo de deportación. Además, puede ser deportado si comete un delito.
Hablando de manera general, solamente cometer un delito grave puede significar
su deportación, pero ciertos delitos menores que impliquen cierta seriedad
pueden tener también el mismo efecto.
Como
residente permanente de los Estados Unidos, también se espera que usted pague
sus impuestos. Su status tributario puede haber cambiado como resultado del
otorgamiento de su residencia permanente, y se recomienda que consulte con un
contador u otro profesional en temas impositivos para que lo asesore con
respecto a esto.
Si
usted es hombre y tiene entre 18 y 25 años, se le requerirá que se registre con
el Servicio Selectivo (esto es conocido comúnmente como el registro para el
servicio militar). Si no se registra, puede dar motivos para que se le niegue
la naturalización en un futuro, además de otros castigos legales que están
contemplados para aquellos que dejen de registrarse. Se puede efectuar el
trámite de registro online, dirigiéndose a http://www.sss.gov.
Por favor recuerde que si sus hijos se están convirtiendo en residentes
permanentes, esta política se aplicará también a ellos.
Viajando
Como
residente permanente, en la mayoría de las circunstancias ya no necesitará una
visa aparte para entrar a los Estados Unidos. Podrá entrar al país simplemente
con su pasaporte y un sello I-551 vigente, ya sea en el pasaporte solamente o
en éste y en su green card. Si planea estar fuera de los Estados Unidos por
espacio de entre uno y dos año, probablemente tenga que pedir un permiso de
reingreso al país.
Es
probable que obtenga su green card en unas pocas semanas o meses. Si no la
obtiene antes de que expire su sello I-551, tendrá que remitir un formulario
I-90 a la oficina del Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) más
cercana para que ellos le extiendan su sello I-551. En ese momento, el Servicio
de Inmigración y Naturalización también le preguntará acerca de su green
card.
Abandonando
su status de green card
Un
problema común al que se enfrentan los residentes permanente es el de mantener
su status mientras están fuera de los Estados Unidos por largos períodos de
tiempo. Deberá tener mucho cuidado de no perder su green card como resultado de
permanecer demasiado tiempo fuera de los Estados Unidos.
Naturalización
Es
muy probable que usted desee convertirse en ciudadano norteamericano en algún
momento. Recomendamos que lo haga, ya que siendo ciudadano usted nunca perderá
el derecho a permanecer dentro de los Estados Unidos. Además, si usted planea
esponsorear parientes para que éstos obtengan visas de inmigrantes, lo típico
es que los ciudadanos puedan traer al país a sus parientes más rápido que los residentes
permanentes. También podrá votar en todas las elecciones luego de
naturalizarse.
Para
convertirse en ciudadano, tendrá que atravesar el proceso de naturalización.
Para poder ser candidato a la naturalización, deberá cumplir varios requisitos
de residencia. Uno de ellos es mantener la residencia permanente por espacio de
cinco años (tres años si usted está casado/a con un ciudadano/a
norteamericano). Además deberá haber permanecido dentro de territorio
estadounidense durante la mitad de este período, y no podrá haber estado fuera
del país por espacios sustanciales de tiempo, ya que para el Servicio de
Inmigración y Naturalización esto puede equivaler a la interrupción de una
residencia continua. Si usted permanece fuera de los Estados Unidos por más de
seis meses, sea cual fuere el motivo de su viaje, se arriesga a no poder
obtener la naturalización. Puede candidatearse para la ciudadanía durante los
90 días posteriores al cumplimiento de los cinco años de residencia (o tres
años si usted está casado/a con un ciudadano/a norteamericano).
La green card
Como
pronto descubrirá, la cédula verde (green card) no es realmente verde. Las
primeras, allá por los años 50, sí lo eran, y les quedó el nombre. El sello
I-551 en su pasaporte tiene el mismo valor legal que la cédula I-551 de
residencia permanente. La única diferencia es que el sello debe ser renovado
luego de un año, y la cédula debe ser renovada después de dos años –si es
condicional–, o diez años –si no lo es. Usted no perderá su status de residente
permanente si la cédula o el sello expiran. Pero, si esto sucede, usted no
tendrá prueba legal de su residencia permanente, por lo que le convendrá pedir
de manera oportuna una extensión. Tenga en cuenta además que tanto el sello
I-551 como la green card es prueba suficiente de que se le permite obtener
trabajo, en el momento de completar un formulario I-9 para un nuevo empleador.
Además puede ser usada tanto para pedir una Cédula de Seguridad Social como
para sacar la licencia de conducir.
Deberá
asegurarse de tener a mano el pasaporte sellado con el I-551 o la green card en
todo momento. Esto no significa llevarlos encima en todo momento, pero sí saber
dónde se encuentran en caso de que necesite exhibir estos documentos ante un
funcionario de inmigración.
Esponsoreando
a miembros de su familia para inmigrar
Como
residente permanente, tiene derecho a esponsorear a ciertos parientes para que
éstos obtengan también el status de residencia permanente. Puede esponsorear a
hijos solteros y maridos o esposas para que obtengan su green card. Tenga en
cuenta, sin embargo, que a menos que la relación haya existido de forma previa
a la obtención de su green card, el período de espera puede ser de varios años.
En algunos casos, lo más conveniente será postergar el esponsoreo de un
familiar hasta después de obtener la ciudadanía.
Cambios
de domicilio
Como
residente permanente, se le requerirá que informe al Bureau de Servicios de
Inmigración y Ciudadanía (BCIS) cada vez que cambie su domicilio. El
procedimiento correcto para mantener informado al BCIS acerca de nuestros
cambios de lugar de residencia es enviarles un formulario AR-11.
Por
último, recuerde aprender algunas palabras y frases básicas en inglés. Puede
hacerlo ya mismo inscribiéndose ahora en nuestros cursos
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