Las categorías de
visas de no inmigrantes para atletas que busquen trabajar en los Estados Unidos
son la O, la P y la H-2B.
Visas categoría O
Los atletas
individuales de “extraordinaria habilidad” pueden candidatearse para recibir
una visa categoría 0-1. Para obtener una visa 0-1, los atletas deberán
demostrar que poseen “un nivel de habilidad que indique que la persona
pertenece al pequeño porcentaje que ha llegado al campo del más alto
rendimiento”. Hay dos maneras de demostrar esta habilidad. Un camino es
haber recibido un premio internacional de los más importantes, como por ejemplo
una medalla olímpica de oro. Pero la manera más común es proveer documentación
en tres de las siguientes categorías:
* Recibo de premios
reconocidos nacional o internacionalmente que den cuenta de la excelencia en el
campo de desempeño.
* Membresía de
asociaciones de su disciplina, que requieran de sus miembros logros
extraordinarios, según el juicio de expertos en ese campo reconocidos nacional
o internacionalmente.
* Material editado en
publicaciones profesionales o en medios masivos acerca del atleta
* Pruebas de la
participación en un panel o de forma individual como jurado en su campo de
especialidad
* Pruebas de haber
trabajado en una tarea de importancia crítica para organizaciones y
establecimientos de distinguida reputación
* Pruebas de que el
atleta ha ganado o ganará un alto salario u otro tipo de remuneración, dato que
se deberá desprender de contratos u otras fuentes confiables.
Además de la
documentación que se encuadre en una de las categorías mencionadas, cualquier
evidencia que se asemeje a las listadas arriba podrá usarse.
La visa categoría O
no posee un límite numérico. Para aquellos a los que les sea concedida, la
aprobación inicial de la visa O estará limitada a tres años. Sin embargo, una
persona puede pedir cuantas veces quiera extensiones por un año.
Los candidatos a una
visa O-1 deberán demostrar que vienen a los Estados Unidos a trabajar en su
disciplina. Pero basándose en un memo de campo del Servicio de Inmigración y
Ciudadanía que data de 1994, el atleta no deberá demostrar que el esfuerzo
atlético que sirve de fundamento a su candidatura requiere de una habilidad o
logro extraordinario. En la práctica, sin embargo, cuanto mayor sea el calibre
del esfuerzo a realizar en los Estados Unidos, más probabilidades tendrá el
caso de ser aprobado.
Los formulario O-1
podrán ser remitidos en algunos casos por agentes, si los atletas de un
determinado campo trabajan de forma independiente o utilizan normalmente representantes
para que negocien empleos de corto plazo en su nombre con varios empleadores, o
si un empleador extranjero recurre a un agente para que actúe en su nombre.
Se debe hacer notar
que los candidatos a una visa O-1 (como también los candidatos a una visa P-1,
cuyo caso se describe más abajo) necesitarán obtener una opinión calificada de
un “grupo de pares”, organización laboral u otro tipo de organización
en el área de desempeño del extranjero. Esto puede ser evitado si el
peticionario está buscando un manejo expeditivo de la candidatura O ó P, si no
existe una organización de las características descriptas o si una consulta ya
se realizó en los dos años precedentes a la candidatura.
Visas categoría P
Los atletas que no
puedan cumplir con los altos estándares requeridos para obtener una visa
categoría O pueden pedir una visa P. A diferencia de la visa O, tanto
individuos como equipos atléticos enteros entran dentro de esta categoría.
Para que un equipo
atlético pueda pedir a un atleta extranjero, el equipo deberá haber alcanzado
reconocimiento internacional en su deporte. Un atleta que venga a los Estados
Unidos a competir en eventos de forma individual en vez de hacerlo con un
equipo, deberá demostrar que posee reconocimiento internacional. El evento al
que asista este atleta también deberá tener una distinguida reputación y en él
deberán participar atletas y equipos reconocidos en el mundo.
Para poder recibir
una visa P, los atletas deberán remitir un contrato ofrecido en un deporte
individual “acorde a su reconocimiento internacional en ese deporte, en el
caso que esos contratos sean de uso corriente en el deporte”. Además, el
atleta deberá ofrecer dos de las siguientes pruebas :
* Pruebas de
participación significativa, ya sea del atleta en forma individual o de un
equipo, en una liga deportiva mayor de los Estados Unidos.
* Pruebas de
participación significativa en una competencia internacional con un equipo
deportivo nacional.
* Pruebas de
participación significativa, en una temporada anterior, en una competición
intercolegial junto a un equipo estadounidense de un college o de una
universidad.
* Un documento
escrito por un funcionario de una de las ligas mayores de deportes de los
Estados Unidos o un funcionario del cuerpo que gobierne el deporte detallando
el grado de reconocimiento internacional del extranjero o del equipo.
* Un documento
escrito por un miembro de la prensa deportiva o un experto reconocido en el
deporte detallando el grado de reconocimiento internacional del extranjero o
del equipo.
* Pruebas de que el
individuo o el equipo figura en los rankings, siempre y cuando el deporte posea
rankings internacionales.
* Pruebas de que el
extranjero o el equipo han recibido un premio o reconocimiento de importancia
en el deporte.
Nótese que los
jugadores de la Liga Mayor de Béisbol (MLB) y la Liga Nacional de Hockey (NHL)
solamente deberán demostrar que poseen un contrato con un equipo de la MLB o la
NHL. Además, los poseedores de una visa P-1 que ingresen como miembros
norteamericanos de un equipo atlético internacionalmente reconocido no podrán
trabajar fuera de ese equipo.
El requisito de la
membresía de asociaciones de su disciplina, así como el requisito de poseer
reconocimiento internacional, no se aplican a artistas de circo que posean un
rol integral en el circo. En cambio, el circo deberá demostrar que posee un
reconocimiento nacional igualmente extraordinario por un período sustancial de
tiempo.
Al igual que la visa
categoría O, las visas categoría P tampoco poseen un límite numérico. La
aprobación inicial de una visa P para un atleta individual está limitada a
cinco años. Un atleta individual puede pedir una extensión de cinco años, por
un período máximo de diez años. Los equipos atléticos reciben una aprobación
inicial por el período de tiempo necesario para completar la competición. Este
período nunca puede superar el año de duración. Los equipos atléticos podrán
acceder a un número ilimitado de extensiones de un año.
Las visas categoría P
requieren de una consulta. Para más datos, ver la descripción de este tema
dentro del parágrafo dedicado a las visas categoría O-1 desarrollado más
arriba.
Visas categoría H-2B
La categoría H-2B
permite a los atletas que no puedan cumplir los requisitos más estrictos
pedidos por las visas O ó P conseguir trabajo de forma temporaria en los
Estados Unidos. Un ejemplo de un atleta que puede llegar a necesitar una visa
H-2B es el de un jugador de una liga menor de béisbol.
Una de las
restricciones más significativas de la categoría H-2B es el requisito de que la
necesidad para este tipo de trabajador extranjero sea temporaria. El empleador
del candidato a una visa H-2B deberá demostrar que los servicios requeridos se
necesitarán sólo por una vez, por una necesidad de temporada, una necesidad por
sobrecarga de trabajo o una necesidad intermitente. Es este requisito el que
hace que las visas H-2B rara vez se pidan. No sólo el empleador debe prometer
contratar al trabajador por un período limitado de tiempo, sino que debe
asegurar que la necesidad de contratar a este trabajador es temporaria.
Además del requisito
de la necesidad temporaria, se necesita una certificación laboral extendida por
el Departamento de Trabajo (DOL) para que se pueda emitir una visa H-2B. El
Departamento de Trabajo deberá determinar que no existen trabajadores
norteamericanos desempleados y calificados para cubrir el puesto laboral dentro
del área geográfica del empleo propuesto, y que la contratación del cuidadano
extranjero no afectará de forma adversa los sueldos o las condiciones laborales
de los trabajadores norteamericanos. Para satisfacer los pedidos del
Departamento de Trabajo, el empleador deberá llevar adelante una campaña de
reclutamiento laboral. Antes de empezar esta campaña, el empleador deberá
contactar a la oficina de empleo de su estado para saber qué tipo de esfuerzos
de reclutamiento se necesitan en su área. También es importante observar que un
trabajador nortemericano que posea otro trabajo, pero que exprese voluntad para
ocupar la posición ofrecida, no es considerado desempleado.
El número de visas
categoría H-2B que pueden ser emitidas a lo largo de un año fiscal está
limitada a 66.000. La extensión de la permanencia bajo una visa H-2B estará
limitada por la duración de la necesidad temporaria de trabajadores adicionales
del empleador. El período máximo autorizado de estadía es de un año, y la visa
podrá ser renovada hasta llegar a un total de tres años. Sin embargo, los
pedidos de extensión son observados de cerca.
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