Visas de Estudiante F-1

Recientemente, se ha puesto en funciones el nuevo Sistema de Información de Estudiantes y Visitante de Intercambio (SEVIS), con lo cual ha habido muchos cambios en relación a este tipo de visas. Conózcalos aquí

En vista de la implementación del nuevo Sistema de Información de Estudiantes
y Visitante de Intercambio (SEVIS), actualizamos la información referente a visas
F-1  de estudiantes.

Si está interesado en estudiar en los Estados Unidos, debe saber los
nuevos cambios relativos a las visas F-1 de estudiantes. La ley de la
inmigración de Estados Unidos permite la admisión de no- inmigrantes que se
dirigen a los Estados Unidos para tomar parte de un curso full time de estudio.

La mayoría de los estudiantes reciben el estatus F-1, aunque la visa J-1
(para visitantes de intercambio que toman parte de un programa aprobado por el
Departamento de Estado) y la visa M-1 (para estudiantes vocacionales) también pueden
estar disponibles para ellos.

A continuación, le presentamos un guía general sobre del proceso para obtener
una visa F-1 y mantener ese estatus. En la segunda parte, se informará sobre
los asuntos relacionados con el empleo.

Requisitos
generales

Al igual que sucede con todas las clasificaciones de no-inmigrantes, el
requisito más importante para obtener una visa F-1 es la demostración de la
intención de no inmigrar a los Estados Unidos para vivir. Por ello, el
estudiante debe mantener su hogar en el exterior de los Estados Unidos, del
cual no debe tener la intención de abandonarlo.

El estudiante debe dirigirse a los Estados Unidos para seguir un curso completo
o full–time de estudio académico, y debe demostrar que posee los recursos
financieros para poder estudiar sin la necesidad para tomar un empleo no
autorizado.

La mayoría de los estudiantes suelen ser aprobados para permanecer en
los Estados Unidos un tiempo igual a la duración de sus estudios, y puede
estudiar sólo en instituciones pre-aprobadas por el gobierno.

Sin embargo, la Reforma sobre la Inmigración Ilegal y el Acta de
Responsabilidad del Inmigrante formulados en 1996, impusieron varias nuevas restricciones
a los estudiantes extranjeros, por lo que existen algunas excepciones
importantes:

En primer lugar, se encuentran la exclusión de estudiantes extranjeros que
asistan desde el jardín de infantes hasta el octavo grado en escuelas públicas,
y de financiar públicamente los programas de educación de adultos

Además, los estudiantes extranjeros de grados 9-12 en las escuelas
públicas, deben rembolsar a la escuela el costo de su educación. No hacerlo podría
tener como resultado una barrera a la admisión. Los estudiantes extranjeros de preparatorias
públicas, tienen un límite máximo de 12 meses de estudio.

Paso 1:
Encontrando la escuela

El estudiante debe, en primer lugar, identificar una escuela que esté calificada
para patrocinar la visa de un estudiante. Estas escuelas que desean contar con estudiantes
extranjeros, deben primero se matricularse mediante una aplicación en el USCIS.

El SEVIS impuso varios cambios en el proceso por el cual el
USCIS permite
que una escuela tome parte de los procesos de la visa F-1. Las escuelas deben,
por supuesto demostrar que son instituciones educativas legítimas, así como designar
un oficial designado de escuela (DSO) que firmará todos los formularios necesarios.

Paso 2: Consiguiendo
el I-20

Para obtener el estatus de F-1, el estudiante extranjero debe primero recibir
un formulario I-20 emitido por la escuela, el cual proporcionará información sobre
la escuela y el estudiante. Pero antes que la escuela pueda emitir un I-20,
debe cumplir las siguientes condiciones:

• El estudiante debe haber hecho una solicitud escrita a la escuela

• La escuela debe haber recibido los registros académicos del
estudiante, así como evidencias de apoyo financiero

• El estudiante debe cumplir con los requisitos de la escuela para la
admisión, incluyendo un conocimiento del idioma inglés

• El estudiante debe haber sido aceptado por la escuela

El estudiante recibirá una copia del I-20, pero bajo el SEVIS las escuelas
no mantendrán más sus propias copias, sino que deberán remitir la información
requerida al SEVIS, para hacerla disponible al INS sin que este tenga que contactarse
con la escuela directamente.

Paso 3:
Solicitando una visa en un consulado de Estados Unidos

Después que la escuela emita el I-20, el mismo se remitirá al estudiante,
quien  entonces podrá solicita su visa en
su consulado norteamericano local.

Para hacer la solicitud de una visa, el estudiante debe presentar el I-20,
su pasaporte, el honorario necesario para la visa (que varía según el consulado),
el formulario OF-156 de Aplicación para Visa de No – Inmigrante, y una evidencia
de apoyo financiero.

Antes que el Departamento de Estado publique la visa, la escuela deberá
tener y remitir al SEVIS la información requerida acerca del estudiante, ya que
el consulado deberá tener acceso, por medio del SEVIS, a esta información antes
de emitir la visa. También será necesario informar al SEVIS si la visa se ha o
no emitido.

A menos que existan circunstancias excepcionales, la visa se emitirá
generalmente cuando se someta la aplicación, o sólo unos pocos días luego.

Los estudiantes prospectivos que no tengan decidido en que escuela podrán
solicitar la visa B-2 de estudiante prospectivo, y una vez que se encuentre en los
Estados Unidos podrán también solicitar la F-1.

Los estudiantes prospectivos no podrán comenzar las clases hasta que el
USCIS apruebe su pedido de cambio estatus. Además, si un estudiante prospectivo tiene
la intención de matricularse en un curso de estudio desde el mismo momento de
su entrada, el USCIS podrá negar la aplicación para el cambio de estatus.

Paso 4:
Entrando a los Estados Unidos

Después de recibir la visa, los estudiantes podrán hacer una aplicación
para la admisión en un puerto de entrada de los Estados Unidos. Los estudiantes
deben presentar su pasaporte, visa, evidencia de apoyo y el I-20.

Si se otorga la admisión, el USCIS mantendrá una copia del I-20 y devolverá
todo lo otro al estudiante. El estudiante recibirá también un I-94 Registro de Llegada/Salida,
que contendrá un número único de control. Este número se anotará en el I-20, y
será además un tipo de identificación permanente.

Si un estudiante con visa F-1 sale de los Estados Unidos, en el reingreso
recibirá un nuevo I-94. Sin embargo, el número será reemplazado con el número
inicial del I-20.
 

Eventualmente, el inspector del USCIS hará notar al SEVIS que un determinado
estudiante ha entrado a los Estados Unidos. Pero hasta que eso suceda, el INS
ya habrá adelantado una copia del I-20 a un centro de procesamiento de datos, y
entonces, dentro de los diez días, lo devolverá a la escuela que patrocina.

Paso 5:
Manteniendo el estatus

En vistas de las barreras a la admisión creadas en 1996, es muy
importante que el estudiante mantenga su estatus mientras se encuentre en los Estados
Unidos. Existen ocho cuestiones importantes que se deben hacer para mantener el
estatus.
 

• Mantenga siempre un pasaporte válido, a menos que se exima del
requisito de pasaporte

• Asista la escuela autorizada

• Tome parte en un curso completo de estudio

• Salga de los Estados Unidos en la fecha de finalización de los cursos
en los Estados Unidos, demostrada en el I-20, o solicite una extensión del
oficial de escuela designado al estudiante

• Si quiere cambiar de un nivel educativo a otro (por ejemplo un
programa de bachiller a un master) esto se debe informar a oficial designado al
estudiante

• En la mayoría de los casos, no se puede trabajar más de 20 horas a la
semana mientras se encuentra en una sesión escolar

• No trabaje fuera del campus sin una autorización del USCIS

• Informe al INS sobre cualquier cambio de residencia dentro de los
diez días

Por supuesto, uno de los conceptos más importantes del estatus F-1 es
un “curso de estudio completo y full-time” Las regulaciones del USCIS dan cinco
definiciones posibles para este concepto:

• Estudios de posgraduado o posdoctorado en un colegio, universidad, conservatorio,
o seminario religioso

• Estudios de no graduados en un colegio o universidad, consistentes en
por lo menos 12 horas de crédito por materia, menos en los casos donde para
finalizar el programa el estudiante no necesite tomar 12 horas de estas
materias

• Estudios en una instituciones de possecundaria, que conceda grados
compatibles, y cuyos créditos sean aceptados, por lo menos, por tres otras instituciones
de aprendizaje avanzado

• Estudios en un idioma, artes libres, artes finas, u de otro programa
de capacitación de no-vocacional. Este estudio debe componerse de 18 horas de asistencia
por semana, 22 horas si el trabajo de laboratorio constituye parte central del
curso de estudio

• Estudio en una preparatoria, donde el estudiante extranjero asista
las horas de clase semanales mínimas requeridas para la graduación.

Bajo el programa de SEVIS, un estudiante con estatus F-1 tendrá permitido
reducir su carga de curso full-time causa de dificultades académicas, pero sólo
en una oportunidad, y deberá reasumir la carga completa del curso en el
comienzo del próximo inicio de cursos de estudios.

En el caso de enfermedad u otra condición médica que prevenga al
estudiante de seguir una carga de estudio completo, el estudiante podrá recibir
el permiso de tomar una carga reducida de su estudio, pero sólo por un período
que no podrá extender de los 12 meses, lo cual no incluirá ninguna reducción
basada en las dificultades académicas.

Las dificultades académicas y las enfermedades son las únicas razones por
las que se autorizará a un estudiante a tomar menos que un estudio full-time.