La homeopatía es una forma distinta de encarar la curación del paciente. Se basa en la totalidad y en la individualidad, es decir considera al individuo como una unidad indivisible en su aspecto físico, psíquico y espiritual. Además la individualidad hará que la enfermedad se manifiesta de una manera particular.
Su práctica está basada en las cuatro leyes de la homeopatía:
- ley de Similitud
- medicamento único
- experimentación en el hombre sano
- dosis mínima1
La fecha exacta en la cual fue introducida la homeopatía en Colombia no es clara algunos autores afirman que fue en el año 1825 y otros en el año 1840, toma gran impulso en Colombia por la obra del doctor Luis Gregorio Páez Gualteros (1840-1918), quien fue nombrado presidente del Instituto Homeopático de Colombia, creado en el año de 1865 cuyos objetivos principales fueron la difusión, la enseñanza y la atención de los enfermos por el método Hahnemanianno. Este hizo renacer la Revista La Homeopatía que había sido suspendida por la muerte de su fundador el doctor Salvador María Álvarez.
En el año 1905 el Congreso de la República de Colombia, por la ley 12 de ese año autorizo el ejercicio de la medicina por el sistema homeopático a quienes tuvieran diploma expedido por el instituto Homeopático de Colombia, pero, fue hasta el año de 1997 que el INVIMA(Instituto Colombiano de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos) reglamenta la elaboración de los medicamentos homeopáticos y el funcionamiento de farmacias y laboratorios.
Sin embargo la fabricación de los medicamentos homeopáticos no se estaba realizando acorde con la reglamentación es así como en Octubre del 2004 el Presidente de la República Colombiana Dr. Alvaro Uribe Vélez y el Ministro de Protección Social Diego Palacio Betancurt dictan el decreto 3554 el cual regula el régimen de registro sanitario, vigilancia y control sanitario de los medicamentos homeopáticos para uso humano y el decreto 3553 que modifica el decreto 2266 de 2004 en el cual se definen las farmacopeas y textos de referencia homeopáticos oficialmente aceptados en el país. Posteriormente el 27 de mayo del 2005 se dicta el decreto 1737 por el cual se reglamenta la preparación, distribución dispensación, comercialización, etiquetado, rotulado y empaque de los medicamentos homeopáticos magistrales y oficinales.
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