El reconocimiento de la ciudadanía italiana parte del principio de que toda persona descendiente de italianos tiene derecho a la ciudadanía, siempre y cuando esta haya sido continuativa de generación a generación y nunca se haya perdido.
La reconstrucción de estos casos, sobre todo de personas nacidas en el exterior de padres, abuelos o bisnietos italianos a veces es muy complicado por la falta de los certificados de nacimiento, de matrimonio y de toda clase de documento que pueda certificar que esta persona es realmente descendiente de italiano.
Existen una serie de cosas, sobre todo con la situación de la mujer italiana casada con extranjero. La ley italiana establecía que la mujer que había contraído matrimonio antes del primero de enero del 1948, perdía la ciudadanía italiana si decidía tomar la ciudadanía del marido, pero podía tenerla de nuevo si declaraba ante las autoridades el deseo de adquirirla. En este caso ya no podría trasmitir a sus hijos la ciudadanía porque había tenido una interrupción de su ciudadanía italiana.
La mujer que se esposaba después del primero de enero del 1948, y perdía la ciudadanía, con una simple declaración manifestaba el deseo de tener la ciudadanía sin interrupciones.
La descendencia italiana puede ser comprobada, tramitando los siguientes documentos:
* El registro de nacimiento de la persona italiana emigrada, dada por la oficina italiana (comune) de la ciudad donde nació.
* Registro de nacimiento de todos los descendientes en línea directa traducidos y autenticados
* El registro de matrimonio traducido y autenticado
Además debe comprobar que la ciudadanía italiana ha sido continuada.
El aumento de solicitudes de la ciudadanía italiana, esta creando tantos problemas a los consulados italianos que no logran llevar a cabo las solicitudes en tiempos breves, y puede pasar un ano sin saber nada. Debido a esto existen muchas personas que equivocadamente piensan que viajando a Italia resuelven el problema en poco tiempo, pero lamentablemente para poder hacer estos tramites el estado italiano exige la residencia legalizada y para esto debe tener el permiso del estado para
Veamos algunos ejemplos de personas que pueden tener y no tener derecho a la ciudadanía italiana:
Mario nació en Luca (Italia), el 10.10.1880 y emigró a Brasil en 1910
MARIO LUCIA
SE CASA EN 1920
MUERE
1970
PAOLO
NACE EN EL 1921 EN BRASIL
PALO GINA
SE CASA 1950
NACE PINO EN EL 1952 EN BRASIL
PIDE EL RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANÍA ITALIANA
Si tiene la residencia en Italia va a la oficina del estado civil del comune
Si vive en el exterior va al consulado italiano correspondiente a su país.
Los documentos que tiene que llevar:
* El registro de nacimiento de Mario expedido por el comune de Luca
* El registro de matrimonio traducido y legalizado en Brasil
* El registro de muerte (sirve solamente para registrarlo y actualizar datos)
* Certificado de la no naturalización por parte del estado brasileño.
Para Paolo
* Registro de nacimiento y de matrimonio del estado brasileño
* Certificacion del consulado italiano que no ha renunciado a la ciudadanía italiana
Para Pino
* Certificado de nacimiento
* Certificacion del consulado italiano que no ha renunciado a la ciudadanía italiana
EJEMPLO NO. 2
Mario nacio en Luca (Italia), el 10.10.1880 y emigró en Brasil en 1910
MARIO LUCIA
SE CASA EN 1920
MUERE
1970
GINA
NACE EN EL 1921 EN BRASIL
GINA PAOLO (SUIZO)
SE CASA 1950
NACE PINO EN EL 1952 EN BRASIL
PIDE EL RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANÍA ITALIANA
Gina casándose con un suizo que le trasmitió la ciudadanía suiza, perdió la ciudadanía italiana (ley 555, 1912) pero de acuerdo a la aplicación de la sentencia 87 de 1975 puede pedir el reconocimiento de la ciudadanía italiana sin interrupciones. Esta solicitud tiene que hacerla también Pino. Después de esto Pino puede pedir la ciudadanía con el mismo procedimiento que el ejemplo 1
EJEMPLO 3
Mario nació en Luca (Italia), el 10.10.1880 y emigró a Brasil en 1910
MARIO LUCIA
SE CASA EN 1920
MUERE
1970
GINA
NACE EN EL 1921 EN BRASIL
GINA PAOLO (SUIZO)
SE CASA 1947
NACE PINO EN EL 1952 EN BRASIL
PIDE EL RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANÍA ITALIANA
También en este caso Gina perdió la ciudadanía italiana por haberse casado con una persona extranjera: art. 10, 3, L.555/1912, pero la puede tener otra vez según el art. 219 de la ley 151/1975. Solamente que quedara en los registros que ella por un periodo no tubo la ciudadanía italiana.
Pino cuando nació era ciudadano extranjero e hijo de padres (los dos) extranjeros, NO PUEDE, solicitar el reconocimiento de la ciudadanía italiana.
La única forma de tener la ciudadanía italiana para PINO, (art. 4, 9 L.91/1992) es prestar servicio militar en Italia o trabajar para el estado italiano o cuando tenga la mayoría de edad vivir por lo menos dos años en Italia legalmente.
Existen otras leyes que se refieren a ciudadanos italianos nacidos antes que se constituyera el reino de Italia, (1861) sin incluir ROMA que fue en 1870, y todos los ciudadanos del Trentino y Friuli Venezia Giulia que estaban bajo el imperio Austriaco y solo en el 1918 hicieron parte de Italia.
Para obtener los certificados de nacimientos de las personas nacidas en estas dos ultimas regiones (Trentino y Friuli Venezia Giulia) es mucho mas complicado, ya que tocaría visitar todas las iglesias debido a que en ese tiempo en las ciudades no existían las alcaldías donde agrupaban los certificados de nacimientos de las personas, además era estado Austriaco.
Por Elisabetta Mellana
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