Nuevas reglas para la circulación de personas en el MERCOSUR

Un acuerdo que promete levantas las limitaciones para establecerse en cualquiera de los países del MERCOSUR, Chile y Bolivia.


Los defensores del MERCOSUR han tomado siempre como modelo a la Comunidad
Económica Europea, aunque la percepción del ciudadano común es que pocos pasos
se dan en ese sentido y, ya se sabe, no es lo mismo un modelo – que permite una
contemplación pasiva – que un objetivo – que impone tomar medidas activas para
alcanzarlo.

 Es quizás por eso, y quizás también porque otras
cuestiones más urgentes ocupan la atención de la gente, que ha tenido escasa
repercusión la reciente firma de un acuerdo que – si es finalmente ratificado e
implementado – representará un logro fundamental en la integración de los países
del MERCOSUR (a los que se agregan Bolivia y Chile) para dejar de ser
simplemente una unión aduanera para comenzar a acercarse al modelo de la Unión
Europea: el libre tránsito de las personas y la igualdad de derechos (civiles,
sociales, culturales y económicos) de los nacionales de los países miembros que
residan en cualquiera de los Estados Parte.

 Este Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del
Mercosur, Bolivia y Chile
(que aún debe ser homologado por los Parlamentos
de los países involucrados) garantiza que los ciudadanos de Argentina, Bolivia,
Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay gocen, en cualquiera de estos países, de los
mismos derechos y libertades que los oriundos del país de recepción, y
comenzaría a regir en la primera mitad de 2003.

 Los principales cambios prácticos que se supone implican son:

 –
Fin del máximo de 90 días para quien ingresa a cualquiera de los países en
calidad de turista.


Posibilidad de estudiar y trabajar sin restricciones


Derecho a residencia permanente con posibilidad de trabajar en forma indefinida


Libre transferencia a su país de origen de sus ingresos y ahorros


Continúa siendo exigible como condición de ingreso la presentación de un
certificado de buena conducta.


Iguales beneficios sociales y previsionales que los ciudadanos del país receptor


Posibilidad de regularización inmediata de la situación de los inmigrantes
ilegales

En
conjunto, estos dos últimos puntos podrían ser el inicio del fin de una de las
prácticas más vergonzosas, y frecuentes, que puedan existir: la explotación de
la mano de obra extranjera con condiciones de trabajo que lindan con la
esclavitud


Derecho a realizar la tramitación migratoria en el país de residencia, sin
necesidad de egresar del mismo. 


 No arme las valijas todavía


 
Aunque el porvenir parezca rosa, son previsibles
dificultades y más de una sorpresa, porque:

          

El
acuerdo debe ser ratificado por cada país, y es esperable que haya quienes se
opongan, con mayor o menor fuerza (como ya está ocurriendo en Paraguay)

         


Las legislaciones laborales y previsionales de los estados miembros son
diferentes y en ocasiones opuestas, por lo que se prevén no pocos conflictos por
este motivo

         


Los sectores en cada país cuyos intereses sean afectados tratarán de bloquear o
introducir modificaciones específicas para salvaguardarlos (como ya ha comenzado
a ocurrir con ciertas asociaciones profesionales en Brasil)

         

El
acuerdo firmado contiene formulaciones muy generales. Todavía nada se sabe sobre
su aplicación en la práctica, y son esperables plazos y restricciones de
distinto tipo.


 Fuente:
Emigración Legal