Nuevo límite anual para las visas H-1B

El 1° de Octubre del 2003, la asignación de visas H-1B provistas anualmente por el Congreso cayó de 195.000 a 65.000...

El
1° de octubre del 2004, el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados
Unidos (USCIS) anunció que había recibido suficientes solicitudes para llegar
al límite de visas por el año 2004. El nuevo límite comenzará el 1° de octubre
del 2005, y hasta entonces será imposible obtener nuevas visas H-1B para
empleados sujetos a este cupo. No está claro cómo el Congreso y los empleadores
manejarán este tema. El Congreso está analizando una legislación que expandirá
el número de categorías de exención, lo cual puede aliviar la demanda para el
límite de visas H-1B.
 


¿Quiénes
están realmente sujetos al límite?
 

No
todos los que soliciten visas H-1B están sujetos a este cupo. Las visas estarán
todavía disponibles para aquellos que soliciten la visa amparándose en una
enmienda constitucional, y para quienes soliciten extensiones o transferencias,
a menos que estén siendo transferidos desde un empleador o puesto laboral
exenta que no fuera tomado en cuenta previamente para el límite. El límite
tampoco corre para quienes soliciten visas H-1B a través de instituciones de
educación superior, organizaciones de investigación sin fines de lucro y
organizaciones de investigación del gobierno.
 


¿Qué
pasará con las peticiones que no fueron presentadas a tiempo?
 

El
USCIS devolverá todos los pedidos de primer empleo sujetos al límite anual
recibidos después del 1° de octubre del 2004. Los pedidos devueltos serán
acompañados por los honorarios de emisión.
 

Aquellos
casos que fueron presentados antes del anuncio implementados por el USCIS serán
revisados.
 


¿Puede
un solicitante volver a presentar una solicitud H-1B?
 

Los
peticionantes puede volver a presentar sus solicitudes cuando las visas H-1B
estén disponibles para el año fiscal 2006. La fecha más temprana en la que el
peticionante puede solicitar una visa H-1B de empleo con una fecha de comienzo
de empleo del 1° de octubre del 2006 sería el 1° de abril del 2005.
 


¿Qué
pasará con los pedidos que no sean tomados en cuenta para el límite?

Las
peticiones para quienes actualmente estén trabajando con una visa H-1B
normalmente no son tomadas en cuenta para el límite H-1B. El USCIS continuará
procesando los pedidos acorde a:
 

*
Extender el período de tiempo que alguien que está trabajando actualmente bajo
una visa H-1B puede permanecer en los Estados Unidos
 

*
Cambiar los términos de empleo para quienes estén trabajando actualmente bajo
una visa H-1B
 

*
Permitir a los que están trabajando actualmente bajo una visa H-1B cambiar de
empleadores (a menos que el beneficiario se esté transfiriendo de un cupo de
empleador exento a un cupo de empleador sujeto al límite, y nunca haya sido
considerado en el cupo; en este caso el beneficiario estará sujeto al cupo)
 

*
Permitir a quienes estén trabajando actualmente bajo una visa H-1B trabajar al
mismo tiempo en una segunda posición laboral H-1B.
 

El
USCIS también continuará procesando los pedidos para nuevos empleos H-1B
emitidos por solicitantes que deseen emplearse en una institución de educación
superior, una entidad afiliada sin fines de lucro, en una organización de
investigación sin fines de lucro o una organización de investigación del
gobierno. El USCIS también continuará procesando los pedidos H-1B para
trabajadores de Singapur y Chile, conforme a las Leyes Públicas 108-77 y
108-78.
 


¿Qué
pasará con los poseedores de visas F y J que son beneficiados con una visa
H-1B?
 

En
el pasado, el Servicio de Inmigración y Nacionalidad (INS, actualmente USCIS)
había guardado un lugar para aquellos con status de visa F y J. De acuerdo con
la sección 214.2(f)(5)(vi) de Código de Regulaciones Federales (CFR), se puede
determinar que todo el cupo de visas H-1B será usado antes de la finalización
del corriente año fiscal. El director del USCIS puede extender la duración del
status de cualquier visas de estudiante F-1 si el empleador ha presentado en
tiempo la solicitud para el cambio de status a H-1B.
 

Para
poder acceder a esta extensión, el no inmigrante no debe haber violado los
plazos de su estadía de no inmigrante. A un estudiante F-1 a quien se le haya
extendido su duración de status, se lo considerará como manteniendo el status
legal de no inmigrante para todo propósito según el Acta, siempre y cuando el
extranjero no viole los plazos y condiciones de su estadía F-1. Una extensión
hecha bajo este parágrafo se aplica a los extranjeros poseedores de visa F-2.
 

La
Sección 214.2(j)(1)(vi) del CFR utiliza un lenguaje similar en lo que se
refiere al status J. Si el director del USCIS puede determinar que todas las
visas H-1B serán emitidas antes de la finalización del corriente año fiscal,
estará facultado para extender la duración del status de cualquier no
inmigrante J-1 si el empleador ha presentado en tiempo la solicitud para cambio
de estatus a H-1B.
 

Para
poder acceder a esta extensión, el no inmigrante no debe haber violado los
plazos de su estadía de no inmigrante y no debe estar sujeto al requisito de
dos años de residencia, según la sección 212(e) del Acta. A un estudiante J-1 a
quien se le haya extendido su duración de status, se lo considerará como
manteniendo el status legal de no inmigrante para todo propósito según el Acta,
siempre y cuando el extranjero no viole los plazos y condiciones de su estadía.
Una extensión hecha bajo este parágrafo se aplica a los extranjeros poseedores
de visa J-2.
 

El
Registro Federal de Noticias está disponible en


http://www.aila.org/infonet/fileViewer.aspx?docID=705&index=0
 

En
el año fiscal 2004, el USCIS eximió del cupo a los poseedores de visas F-1,
pero no se sabrá hasta la próxima primavera (boreal) lo que el USCIS hará en el
año fiscal 2005.
 

Nota:
los médicos que recibieron una condonación J bajo el Programa Estado Conrad 30
están exentos del límite.

 


¿Qué
pasa si una visa expira después de la fecha en que se reparten los números y no
se está exento del límite?
 

No
está claro cómo el USCIS tratará a aquellos que no están exentos del límite
pero cuyo estatus caducará antes de que los nuevos números de visas H-1B estén
disponibles. Además, otras visas de no inmigrantes estarán disponibles
incluyendo las visas H-2B (aunque es probable que se agoten en abril), las
visas de entrenamiento J-1, las visas E-2 y E-1 y las visas TN.
 

Una
opción disponible para muchos este año será solicitar la residencia permanente.
Hay muchas solicitudes de green card relacionadas con lo laboral que pueden ser
presentadas sin un certificado de trabajo. Con la posibilidad de presentar al
mismo tiempo un formulario I-140 y una solicitud de regularización de status,
es posible asegurar la obtención un documento de autorización de empleo en un
par de meses.

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Visas
de inmigrante y no inmigrante a los Estados Unidos: visa H1-B, visa J-1, visa
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