Propietario
Cuando usted
hipoteca su casa, sigue siendo el propietario. Usted aún es el responsable de
pagar los impuestos, servicios y seguros. Todos estos quedan a su nombre porque
no ha vendido la propiedad si no que la ha hipotecado. Esto quiere decir que ha
recibido dinero de un prestamista (banco, entidad financiera, mesa de dinero,
etc) ha cambio de la garantía que le da su propiedad.
Al hipotecar su
casa tendrá un lapso determinado de tiempo para pagar lo que se la ha prestado
más los intereses impuestos. Aquí es donde la entidad prestamista gana dinero,
con los intereses. Ellos no quieren su propiedad, sólo la toman como la
garantía que usted da de que va a pagar.
Costos de financiamiento
Cuando usted
recibe el dinero prestado, deberá comenzar a pagar las cuotas del préstamo. En
esta se incluirán los costos de financiamiento. Es lo que le cobre la entidad
por el trabajo que le toma prestarle dinero. Estos costos de financiamiento
pueden ser pagados con el mismo préstamo o con sus ingresos cotidianos.
Préstamo
Cuando usted
hipoteque su casa a cambio del dinero que le van a prestar podrá elegir entre
una gran variedad de tipos de préstamo. Aunque estarán acotados a el valor de
su propiedad, su nivel de vida y la edad que usted tenga al momento de pedirlo.
Cuanto más valga su casa, mejor de nivel vida tenga y mayor sea, mayor será la
cantidad de dinero que pueda pedir por hipotecar su casa. También puede
depender en la legislatura vigente en su ciudad para este tipo de préstamos.
Pago de la deuda
Las hipotecas
tendrán la prioridad sobre todas las deudas que pueden pesar sobre su casa. De
modo que una de las condiciones que le impondrán al momento de pedir prestado
el dinero será que pague sus deudas antes de cerrar trato o que se comprometa a
usar el dinero de la hipoteca para pagarlas.
La mayoría de las
entidades prestamistas aceptan que el dinero que ellos prestan sea usado para
pagar las otras deudas que pesan sobre la casa. Algunas incluso aceptan ceder
el préstamo aunque existe y permanezca una deuda anterior, mientras el otro acreedor
acepte cobrar luego de que ellos cobren la totalidad del préstamo. Esta
prórroga por lo general sólo es aceptada por el Estado. Las entidades privadas
suelen exigir el pago y no aceptar prórroga.
Préstamo límite
El límite de
dinero que le prestarán por hipotecar su casa será el mismo valor de la casa.
Sólo que debe considerar que en esa cantidad se incluyen los pagos de las otras
deudas que pesan sobre la casa más los intereses acumulados del préstamo más
los costos de financiación al momento de cancelar la deuda. Si usted quiere un
préstamo menor a este límite, la proporción de su casa que quede sin hipotecar
quedará libre y usted podrá hacer con ella lo que quiera dentro de los límites
de la legislatura vigente en su ciudad o estado.
De modo que usted
nunca puede deber más de lo que vale su casa. Usted no podrá garantizar el
préstamo con su sueldo o ganancias mensuales, ni con una herencia o cualquier
otra entrada de dinero.
Repago
Las entidades
prestamistas podrán exigir el repago (en dinero o propiedad) del préstamo sobre
su hipoteca cuando muera la última persona que ha firmado el acuerdo, cuando se
venda la casa, cuando todos los miembros dejan la casa de forma permanente
(cuando ninguno de sus miembros permanecen más de un año seguido).
También pueden
exigir el repago cuando quien pidió la hipoteca no ha pagado sus impuestos, no
ha mantenido el estado de la casa o cuando la casa queda sin seguro.
Aunque por lo
general estas son las condiciones, algunas hipotecas permiten reducir la cuota
del préstamo para que se puedan pagar las cuentas impagas. Esta opción sólo se
podrá usar si usted no ha gastado todo el dinero de su cuenta del préstamo que
le han dado.
Existen algunas
circunstancias que pueden ser consideradas por la entidad como motivos genuinos
de cambio de las condiciones del préstamo: si usted alquila parte de su casa a
alguien más; si alguien más se suma al título de propiedad de su casa; si
cambia la clasificación de la zona donde se ubica la propiedad; si usted toma
otro préstamo dejando su casa como garantía.
Cancelación
Si usted decide
cancelar su hipoteca y no quiere pagar ningún costo de financiación o interés
deberá hacerlo luego de tres días hábiles de haber firmado el acuerdo. Por días
hábiles se considera también el sábado aunque no el domingo y los feriados. Si
lo hace dentro de este lapso no tendrá que abonar ningún costo salvo, en
algunos casos, un costo administrativo muy pequeño.
Si ha decidido
cancelar la deuda, sea tres días luego de firmar o durante cualquier momento dentro
del término estipulado, deberá hacerlo por escrito. Puede usted entregarlo
personalmente en mano, enviarlo por correo o enviar un telegrama. Pero recuerde
que no puede ser por teléfono ni en persona, debe quedar asentado por escrito.
Tenga en cuenta de que si cancela su deuda en cualquier momento luego de esos
tres primeros días, se le cobrarán los costos de financiación, los intereses
acumulados y los costos de cancelación además del capital (del dinero que le ha
prestado).
Propietario
Cuando usted
hipoteca su casa, sigue siendo el propietario. Usted aún es el responsable de
pagar los impuestos, servicios y seguros. Todos estos quedan a su nombre porque
no ha vendido la propiedad si no que la ha hipotecado. Esto quiere decir que ha
recibido dinero de un prestamista (banco, entidad financiera, mesa de dinero,
etc) ha cambio de la garantía que le da su propiedad.
Al hipotecar su
casa tendrá un lapso determinado de tiempo para pagar lo que se la ha prestado
más los intereses impuestos. Aquí es donde la entidad prestamista gana dinero,
con los intereses. Ellos no quieren su propiedad, sólo la toman como la
garantía que usted da de que va a pagar.
Costos de financiamiento
Cuando usted
recibe el dinero prestado, deberá comenzar a pagar las cuotas del préstamo. En
esta se incluirán los costos de financiamiento. Es lo que le cobre la entidad
por el trabajo que le toma prestarle dinero. Estos costos de financiamiento
pueden ser pagados con el mismo préstamo o con sus ingresos cotidianos.
Préstamo
Cuando usted
hipoteque su casa a cambio del dinero que le van a prestar podrá elegir entre
una gran variedad de tipos de préstamo. Aunque estarán acotados a el valor de
su propiedad, su nivel de vida y la edad que usted tenga al momento de pedirlo.
Cuanto más valga su casa, mejor de nivel vida tenga y mayor sea, mayor será la
cantidad de dinero que pueda pedir por hipotecar su casa. También puede
depender en la legislatura vigente en su ciudad para este tipo de préstamos.
Pago de la deuda
Las hipotecas
tendrán la prioridad sobre todas las deudas que pueden pesar sobre su casa. De
modo que una de las condiciones que le impondrán al momento de pedir prestado
el dinero será que pague sus deudas antes de cerrar trato o que se comprometa a
usar el dinero de la hipoteca para pagarlas.
La mayoría de las
entidades prestamistas aceptan que el dinero que ellos prestan sea usado para
pagar las otras deudas que pesan sobre la casa. Algunas incluso aceptan ceder
el préstamo aunque existe y permanezca una deuda anterior, mientras el otro acreedor
acepte cobrar luego de que ellos cobren la totalidad del préstamo. Esta
prórroga por lo general sólo es aceptada por el Estado. Las entidades privadas
suelen exigir el pago y no aceptar prórroga.
Préstamo límite
El límite de
dinero que le prestarán por hipotecar su casa será el mismo valor de la casa.
Sólo que debe considerar que en esa cantidad se incluyen los pagos de las otras
deudas que pesan sobre la casa más los intereses acumulados del préstamo más
los costos de financiación al momento de cancelar la deuda. Si usted quiere un
préstamo menor a este límite, la proporción de su casa que quede sin hipotecar
quedará libre y usted podrá hacer con ella lo que quiera dentro de los límites
de la legislatura vigente en su ciudad o estado.
De modo que usted
nunca puede deber más de lo que vale su casa. Usted no podrá garantizar el
préstamo con su sueldo o ganancias mensuales, ni con una herencia o cualquier
otra entrada de dinero.
Repago
Las entidades
prestamistas podrán exigir el repago (en dinero o propiedad) del préstamo sobre
su hipoteca cuando muera la última persona que ha firmado el acuerdo, cuando se
venda la casa, cuando todos los miembros dejan la casa de forma permanente
(cuando ninguno de sus miembros permanecen más de un año seguido).
También pueden
exigir el repago cuando quien pidió la hipoteca no ha pagado sus impuestos, no
ha mantenido el estado de la casa o cuando la casa queda sin seguro.
Aunque por lo
general estas son las condiciones, algunas hipotecas permiten reducir la cuota
del préstamo para que se puedan pagar las cuentas impagas. Esta opción sólo se
podrá usar si usted no ha gastado todo el dinero de su cuenta del préstamo que
le han dado.
Existen algunas
circunstancias que pueden ser consideradas por la entidad como motivos genuinos
de cambio de las condiciones del préstamo: si usted alquila parte de su casa a
alguien más; si alguien más se suma al título de propiedad de su casa; si
cambia la clasificación de la zona donde se ubica la propiedad; si usted toma
otro préstamo dejando su casa como garantía.
Cancelación
Si usted decide
cancelar su hipoteca y no quiere pagar ningún costo de financiación o interés
deberá hacerlo luego de tres días hábiles de haber firmado el acuerdo. Por días
hábiles se considera también el sábado aunque no el domingo y los feriados. Si
lo hace dentro de este lapso no tendrá que abonar ningún costo salvo, en
algunos casos, un costo administrativo muy pequeño.
Si ha decidido
cancelar la deuda, sea tres días luego de firmar o durante cualquier momento dentro
del término estipulado, deberá hacerlo por escrito. Puede usted entregarlo
personalmente en mano, enviarlo por correo o enviar un telegrama. Pero recuerde
que no puede ser por teléfono ni en persona, debe quedar asentado por escrito.
Tenga en cuenta de que si cancela su deuda en cualquier momento luego de esos
tres primeros días, se le cobrarán los costos de financiación, los intereses
acumulados y los costos de cancelación además del capital (del dinero que le ha
prestado).