El cupo anual de visas EB-1
es de 40.000, más algunas visas que se dejan de la cuarta y quinta categorías de
preferencia de empleo (inmigrantes especiales e inversores inmigrantes). Esto
significa que son más visas que las usadas comúnmente en esta categoría, de
manera que no hay reserva de pedidos pendientes en la distribución de visas en
esta categoría.
¿Quiénes
están incluidos en la categoría EB-1?
La categoría EB-1 cubre tres
grupos:
– Extranjeros de
extraordinaria habilidad
– Profesores e
investigadores destacados
– Gerentes y ejecutivos
internacionales
Uno de los aspectos más
atractivos de la categoría EB-1 es que no existe el requisito del certificado de
trabajo. Esto hace que el tiempo usado en el proceso de solicitud de la EB-1 sea
mucho más corto que para las categorías que sí requieren certificado de trabajo.
¿Quiénes
son considerados extranjeros de habilidad extraordinaria?
Esta subcategoría cubre a
los extranjeros que poseen habilidad extraordinaria en las ciencias, artes,
educación, negocios o atletismo. La subcategoría de habilidad extraordinaria no
requiere una oferta de trabajo específica, en tanto que el extranjero declare
que va a continuar trabajando en el campo de su extraordinaria habilidad en los
Estados Unidos. Esto significa que el extranjero puede presentar su propia
petición en vez de que empleador lo haga por él.
¿Cómo se
define el término “habilidad extraordinaria”?
La habilidad extraordinaria
es un concepto relativamente nuevo en leyes de inmigración, habiendo sido
introducido recién en 1990. Las regulaciones del Servicio de Inmigración y
Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS) definen habilidad extraordinaria como
un “nivel de capacidad que demuestre que el individuo es uno de esos pocos que
han llegado a la cima en su área de desarrollo “.
¿Cómo
puede demostrarse la habilidad extraordinaria?
Existen dos maneras de
demostrar la habilidad extraordinaria. La primera, el extranjero puede demostrar
que ha recibido un premio importante y reconocido internacionalmente, como el
Premio Nobel o un Premio de la Academia. La segunda, y más común manera es que
el extranjero muestre tres de los diez siguientes tipos de evidencia:
* Constancia de premios
menores, nacionales o internacionales, o reconocimientos de excelencia en su
campo de acción.
* Membresía en asociaciones
del campo de acción que requieran logros destacados de sus miembros.
* Material publicado acerca
del extranjero y su trabajo en revistas profesionales, publicaciones de negocios
o medios de comunicación masiva.
* Participación, ya sea en
grupo o solo, como jurado de otros en el mismo campo o similar.
* Contribuciones artísticas,
escolares o científicas originales de gran significación en su campo de acción.
* Autoría de artículos
académicos en su campo, publicados en revistas profesionales o en medios de
comunicación.
* Muestras del trabajo del
extranjero en exhibiciones artísticas o muestras en más de un país.
* Actuación en un rol
destacado, estelar o crítico para organizaciones de distinguida reputación.
* Gran salario comparado con
otros en el mismo campo.
* Éxito comercial en el
desarrollo de artes, demostrado por la recaudación conseguida y las ventas.
* Constancia de premios
menores nacionales e internacionales por la excelencia en su campo de desempeño.
Al tener en cuenta que estas
diez categorías de evidencia no abarcan toda la evidencia que podría ser
presentada para demostrar la habilidad extraordinaria, el USCIS también ha
incluido una categoría más amplia, permitiendo la presentación de otras
evidencias comparables.
¿Qué tipos
de evidencia es apropiado presentar?
Mientras las normas del
USCIS disponen el cumplimiento de tres de los diez requisitos con relación a las
categorías de evidencia arriba detalladas, las políticas subsiguientes han hecho
la norma menos clara. Por ejemplo, cuando la publicación de artículos académicos
es común en un campo determinado, el USCIS a menudo no aceptará esto como uno de
los tres tipos de evidencia y demandará evidencia adicional. Sin embargo, en
este caso en lugar de presentar evidencia adicional, al extranjero le alcanzará
con demostrar que las publicaciones fueron hechas en las más prestigiosas
revistas del género, que han aparecido en otras publicaciones, o que han sido
citadas extensamente por otros en su campo.
Pese a que no es una
categoría oficial de evidencia, otra manera de demostrar la habilidad
extraordinaria es a través de la comparación con un extranjero al que ya se le
concedido el estatus. Esto es posible porque las regulaciones del USCIS hacen la
comparación con otros en el campo uno de los estándares para juzgar la habilidad
extraordinaria. Por lo tanto, a pesar de que puede ser difícil descubrir cómo el
USCIS ha considerado a alguien con credenciales similares, sigue constituyendo
evidencia altamente relevante.
Para finalizar, se debe
tener cuidado con el tipo de evidencia presentada al USCIS. A muchos tipos de
evidencias, aunque puedan estar técnicamente ajustadas a las regulaciones del
USCIS, el organismo no les proporciona demasiada importancia. Por ejemplo la
publicación por la prensa de variedades, una simple cita del trabajo del
extranjero sin evaluación, o una simple lista en una nómina no son evidencias de
mucho peso.
Sin embargo otros tipos de
evidencia son consideradas muy persuasivas, como la publicación en revistas
profesionales. Por último, algunos de los tipos más persuasivos de evidencia son
las cartas de pares que se desempeñen en el mismo campo del extranjero
peticionante, atestiguando la importancia de sus contribuciones y su habilidad.
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