Planificación sucesoria: donaciones y anticipo de herencia

Hablando del tema sucesiones... ¿Es "bueno" anticipar la herencia en vida a los hijos.?


Es frecuente que si usted tiene varios hijos y una buena posición económica, no
espere hasta su fallecimiento para ayudar a sus hijos a tener una vivienda
propia.

Un día su hijo  decide irse a vivir solo y usted "le compra un
departamento".
¿Cómo? Simplemente le da la plata y

en la escritura figura
"comprando su hijo".

Usted le donó en realidad esa plata, que constituiría un anticipo de herencia,
pero en ningún lado quedó consignado.

Más adelante se casa su hija y como es
casada y no quiere que sea el bien
ganancial (y ¡lo bien que hace!), "le dona un departamento".

¿ Cómo? Consignando en la escritura que su hija compra con los
dólares que le donó us
ted y que constituyen un anticipo de
herencia, pero ¡ atención!
que aunque ambos inmuebles (los de los dos hijos) costaran lo mismo, uno figura como
compraventa y el otro como donación.

El hijo podría, al morir su padre, reclamar para sí una suma equivalente al
valor de lo donado a su hermana por colación
de herencia y recién después de compensar ese valor, repartir el resto en partes
iguales.

En algunos casos se puede "emprolijar" la cuestión,
por ejemplo haciéndole firmar ante un escribano a la hija que recibió la donación, que
el departamento aparentemente adquirido por su hermano, también es una donación
del padre al hijo.


Por eso, es
sumamente importante consultar no sólo con el escribano sino con un abogado
especialista en planificación sucesoria cómo y a nombre de quién escriturar un
inmueble
.

Una simple consulta puede ahorrar conflictos y litigios entre sus hijos, que es
lo que usted seguramente más desea.

Por Mirta Núñez

Abogada de Familia, Psicóloga Social
Coach Personal
www.mirta-nunez.com.ar

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