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Asistente administrativo

Parte 3: La jornada laboral, concepto y breves consideraciones.
 
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El alumno debe leer los Artículos 185 al 246 de la ley orgánica del trabajo Se entiende por jornada laboral el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposición del patrono y no puede disponer libremente de su actividad y de sus movimientos.
¿Cuando comienza y cuando termina una jornada laboral?
Se considera que el trabajador está a disposición del patrono desde el
momento en que llega al lugar donde deba efectuar su trabajo, o donde deba recibir órdenes o instrucciones respecto al trabajo que se ha de efectuar en cada día, desde ese instante se inicia su jornada laboral, hasta que pueda disponer libremente de su tiempo y de su actividad, ocasión en la cual concluirá su jornada laboral.
¿Qué se entiende por jornada diurna?
Se considera como jornada diurna la comprendida entre las 5:00 am y las 7:pm ¿Qué se entiende por jornada mixta?
Se considera como jornada mixta la que comprende periodos de trabajo
diurnos y nocturnos

¿Qué se entiende por jornada nocturna?

Se considera como jornada nocturna la cumplida entre las 7: pm y las 5: am ¿Cuál es el máximo de horas que puede laborarse en jornada diurna? El máximo de horas que puede trabajarse en jornada diurna es de ocho horas diarias o de cuarenta y cuatro horas semanales

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