Contabilidad: Cuentas de Orden - Curso gratis de enplenitud.com  

Contabilidad: Cuentas de Orden

Fianzas.
 
<- Lección anterior Lección siguiente ->
 
 
 
 

El contrato de fianza (fiador) compromete a responder por el pago de una obligación a cargo de un deudor y a favor de un beneficiario. Solamente si el deudor incumple las obligaciones estipuladas en el contrato, el beneficiario las reclamará al fiador.

El contrato de fianza tiene la naturaleza de contrato accesorio pues presupone la existencia de un contrato principal que puede ser: compraventa, de trabajo, mutuo, préstamo, locación de obra, etc.

En el mercado existen compañías que expiden fianzas mediante el pago de una prima previamente convenida.

Tipos de fianza: construcción y suministros, fidelidad patrimonial, permisos y concesiones, fiscales, judiciales y por créditos comerciales y las generales previo estudio del contrato principal para determinar obligaciones que pretenda garantizar el cumplimiento de las mismas.

Supongamos que en representación de la empresa X y Z acudimos a los tribunales para impugnar un crédito fiscal, derivado de una auditoria por $500,000 que incluye intereses moratorios, multas y actualización. La autoridad hacendaria pide que garanticemos el interés fiscal mediante el otorgamiento de una fianza.

La prima anual que cobrará la compañía afianzadora es de $25,000. El juicio podrá resolverse en 9 meses favorable o desfavorable. No hay devolución de prima aunque cubre una anualidad. Si el caso se prolonga, al terminar el año se prorroga el vencimiento por una nueva anualidad y claro mediante pago de la prima.

La afianzadora gravará algún bien, de preferencia inmueble que garantice plenamente la obligación contraída, esto es la obligación de la empresa X y Z.

Movimiento contable:
Fianza por obligaciones fiscales (COD) $500,000
Obligaciones afianzadas (COA) $500,000


La prima pagada se contabilizará como Gastos Diferidos y afectará la cuenta de Bancos.

Si el fallo de los tribunales es favorable a la empresa, se salda la cuenta de orden invirtiendo los conceptos, es decir se carga (COA) y se abona a (COD).


El riesgo de contingencia en el supuesto de que la sentencia sea desfavorable a la empresa se explicó ampliamente en el Clase 4 (capítulo 3).

 
 
 
 
   
 
<- Lección anterior Lección siguiente ->
 
 
 

Canales: Amor y sexo |Belleza y estilo | Dinero |Tiempo libre | Salud y bienestar | Viajes |Familia | Astrología | Hogar | Tus raíces | HumorJuegos | Tecnologia70+
Servicios: Horóscopo | Cursos gratisLibros gratis | Postales | Clasificados | Webmasters | Publicidad
Ayuda | Home | Agregar a favoritos | Tu pagina de inicioInvita un amigo | FacebookTwitter