La mencionada ley 13.868, más que una ley protectora del ambiente como se la quiere hacer pasar, es un negociado multimillonario, que va a beneficiar a los mismos delincuentes de siempre, los amigos del poder.
En su Artículo primero está hecha la trampa que posibilita una nueva estafa a todos los habitantes de la Provincia de Buenos Aires, y lo que habilita la estafa es el agregado de una sola palabra “CONVENCIONAL”:
ARTICULO 1.- Prohibir en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías.
Los materiales referidos deberán ser progresivamente reemplazados por contenedores de material degradable y/o biodegradable que resulten compatibles con la minimización de impacto ambiental.
¿Por qué no fue redactada así?
ARTICULO 1.- Prohibir en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías.
Simple y sencillo; porque con el agregado de la palabra “convencional”, dejan afuera del negocio a todos los fabricantes de bolsitas de polietileno.
Primero, porque como mínimo los ponen en cautividad del organismo que habilitará las “Nuevas Bolsitas Plásticas Especiales.
Segundo, porque los pone a merced del que comercialice el producto que hace que la bolsita deje de ser de “Plástico Convencional”, para pasar a ser de “Plástico Especial”.
En este momento están vendiendo a los fabricantes de bolsitas plásticas, (pongo plásticas, porque si bien la mayoría son de Polietileno, las hay de distinta clase), un producto que se integra en el proceso de fabricación de extrusión, haciendo que la bolsa se “degrade” más rápidamente que si no contara con él, otorgándole a las bolsas así fabricadas la categoría de Bolsitas Plásticas Especiales.
Hago aquí un paréntesis, para señalar la diferencia entre DEGRADABLE Y BIODEGRADABLE.
DEGRADABLE:
Es la fracturación en objetos cada vez más pequeños, por ejemplo, la piedra en arena.
BIODEGRADABLE:
Proceso de degradación realizado solo por seres vivos (bacterias, hongos, etc.), cuyos productos finales son biomasa, dióxido de carbono y agua.
Lo que nos lleva de nuevo a la Ley 13.868, y a preguntarnos otra vez:
¿Por qué no fue redactada así?
ARTICULO 1.- Prohibir en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el uso de bolsas de polietileno y todo otro material que no sea 100% biodegradable, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías.
Respuesta: PORQUE A NADIE LE INTERESA EL MEDIO AMBIENTE, Y A NUESTROS REPRESENTANTES SOLO LE INTERESAN SUS BOLSILLO.
¿Hay otros intereses en juego?
¡Por supuesto!; ¿Quiénes?: Los Supermercados
¿Por qué?:
Porque la campaña orquestada por los supermercados contra “las bolsitas”, es solamente para dejar de ser ellos los que pagan por “las bolsitas”, y en vez de “pagar”, pasar a “cobrarte” por una bolsa que les hará mayor propaganda. “Las bolsitas” pasan de ser un insumo por el cual tienen que pagar, a ser un artículo más a vender.
Si estos intereses no hubieran estado también en juego, la Ley 13.868, se tendría que haber redactado así:
ARTICULO 1.- Prohibir en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías. Prohibiéndose particularmente el uso de Inscripciones, Logos, y/o cualquier otro tipo de impresión sobre las mismas, como así mismo cualquier sustancia que modifique el color natural de los materiales biodegradables empleados.
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