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Tasación técnica de tierras urbanas

Definiciones.
 
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PRINCIPIOS Y CONCEPTOS DE VALOR. VALOR DE TASACION

I. PRINCIPIOS

Valuar es determinar el valor económico que tiene un bien o un conjunto de bienes, en una fecha precisa, para un fin establecido.
En función de lo expresado, pueden enunciarse tres principios fundamentales:

• Principio de sustitución.
El valor de un bien es equivalente al de otros activos de similares características sustitutivos de aquél.
• Principio de temporalidad.
El valor de un bien está en función de la fecha de la tasación y puede variar a lo largo del tiempo.
• Principio de finalidad.
La finalidad de la valoración condiciona el enfoque, el método y las técnicas por seguir.

II. BASES DE VALORACIÓN. CONCEPTOS DE VALOR
1. Valor de mercado
Es el importe neto que razonablemente podría esperar recibir un vendedor por la venta de un bien en la fecha de la valoración, habiéndose verificado técnicamente las características del mismo, y suponiendo una comercialización adecuada, que existe al menos un comprador potencial y un vendedor correctamente informados, y que ambos, comprador y vendedor, actúan libremente por un interés económico y sin un condicionamiento particular en la operación.
El valor de mercado de un bien está siempre determinado por la intersección de sus curvas de oferta y demanda. La curva de demanda está dada por su costo de sustitución para los potenciales compradores.
El valor de mercado puede ser obtenido:
a. Comparando sus características físicas y técnicas con las de bienes similares cuyo valor se conoce, y ponderando luego la incidencia que puedan tener en su valor de mercado las diferencias detectadas.

b. En función de los ingresos netos que él sería capaz de generar y de la tasa de rédito que se obtiene en ese mercado con bienes similares.

2. Valor del Costo de reposición (CR)

1. Bruto o a nuevo (CRB): Es la suma de las inversiones necesarias para reemplazar, en la fecha de la valorización, un bien por otro nuevo de sus mismas características.
2. Neto o depreciado (CRD): Es el resultado de deducir del CRB la depreciación física y/o funcional en la fecha de la valoración.
En el caso de bienes inmuebles, deberá sumarse el valor del terreno.
3. Valor de uso
Es el valor económico que tiene un bien para su dueño en razón de la utilización que de él hace. Así entendido, se recomienda limitar su utilización sólo para casos solicitados por el comitente ya que el resultado no representa un valor objetivo.

III. VALOR DE TASACION
Será el valor determinado en función de la finalidad de la tasación:
• valuación para expropiaciones (valor objetivo).
• valuación técnico-contable (para valuaciones patrimoniales).
• valuación para la venta o adquisición de bienes
• valuación para locación o concesión de uso.
• valuación para garantía.
• valuación para subasta
• valuación para seguros.
• valuación a efectos impositivos o de catastro.
• valuación para servidumbres.

La finalidad de la tasación determinará la pertinencia de un concepto de valor (valor de mercado, costo a nuevo o depreciado, valor de uso), en función del cual se adoptará la metodología contemplada en la Norma correspondiente para la determinación del Valor de Tasación solicitado.
Se define a continuación:

Valuación para expropiación
En el caso de las tasaciones por expropiación, corresponderá la determinación del Valor Objetivo del bien, entendido –en función de la Ley Nº 21.499- como la suma dineraria que le permita al expropiado resarcirse del valor del bien afectado y los daños que sean consecuencia directa de la expropiación, en condiciones equivalentes a las que precedían a la expropiación, sin tener en cuenta circunstancias de carácter personal, valores afectivos, ganancias hipotéticas, ni el mayor valor que pueda conferir la obra a ejecutarse.
En consecuencia, el Valor Objetivo podrá corresponderse con el valor de mercado cuando éste pueda determinarse, o con el costo de reposición depreciado (CRD) en su defecto.

Valuación técnico-contable
En la valuación técnico-contable de bienes con fines patrimoniales, como concepto, se trata de obtener el valor recuperable, entendido como el valor neto de realización, o el valor de uso.
El Valor de Tasación para estos fines se calculará preferentemente a partir del valor de mercado, obtenido por el Método Comparativo, afectado por un coeficiente de realización que tendrá en cuenta la hipótesis de la venta del bien en un término relativamente corto, menor al supuesto como plazo normal de plaza, y el descuento de los costos adicionales directos que podrían generarse hasta su comercialización inclusive.
Aquellos bienes inmuebles especializados en virtud de su diseño, tamaño, ubicación, etc. que un comitente utiliza para el cumplimiento de su función específica, sin los cuales la gestión del poseedor se resiente o paraliza y que en caso de destrucción deberían ser indefectiblemente reemplazados por otros de idénticas características que el mercado no puede proveer, se tasarán por su valor de uso.
El valor de uso que mencionan las normas contables será determinado por el costo de reposición depreciado o en casos excepcionales, por el costo de su reemplazo lógico en función de los avances tecnológicos.
Para inmuebles, el Valor Técnico-Contable se compone del valor del terreno y el valor del edificio discriminado, ya que el último se deprecia según las Normas Contables y el terreno no.
Para bienes muebles, se efectuará una depreciación lineal.

Valuación para venta o adquisición
El Valor de Tasación para estos fines será el valor de mercado preferentemente obtenido por el método comparativo.

Valuación para locación o concesión de uso
El Valor de Tasación para estos fines será el valor de mercado, obtenido por el método comparativo de antecedentes de locación o concesión, por deducción fundada a partir del valor de mercado del bien, por capitalización de la renta u otro método financiero apropiado.

Valuación para garantía
El Valor de Tasación para fines de garantía, incluida la garantía hipotecaria, será el valor de realización, entendido como el valor de mercado descontados un porcentaje que tenga en cuenta la hipótesis de venta en un término relativamente corto, menor al supuesto como plazo normal de plaza, y los costos adicionales directos que podrían generarse hasta su comercialización .

Valuación para subasta
El Valor de Tasación para estos fines será el valor de mercado, afectado por un coeficiente de reducción para fijar la base de remate que determinará el comitente.

Valuación para seguros
El Valor de Tasación para estos fines será el correspondiente al costo de reposición depreciado, sin incorporar en el caso de inmuebles el valor del terreno.

Valuación a efectos impositivos o de catastro
El Valor de Tasación para estos fines será el valor de mercado o el costo de reposición depreciado, afectado por un coeficiente que determinará la autoridad de aplicación.

Valuación para servidumbres
El Valor de Tasación para estos fines será el valor de mercado, afectado por los coeficientes de restricción según el caso.

 
 
 
 


   
 
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