El diagrama del capitulo descripción de los elementos indica el orden que debe usarse en la presentación de los diversos elementos que contiene una norma. Cada uno de los elementos dados por esta norma se describe con detalle en el siguiente capitulo.
Descripción de los elementos.
Los diversos elementos mencionados en el capítulo anterior se describen con detalle a continuación:
1.- Portada. La portada debe proporcionar la información relativa al documento y a su validez y es preparada a criterio de la secretaria de patrimonio y fomento industrial con diseños normalizados.
2.- Prefacio. La primera parte de este elemento da información relativa a la norma y proporciona la lista de los organismos que han participado en su elaboración, siendo este elemento responsabilidad de la autoridad competente, la segunda parte de este elemento es opcional y queda a consideración de la autoridad competente y puede contener la siguiente información.
a) Razones que motivaron la preparación de la norma y el desarrollo técnico del problema.
b) Las relaciones de la norma con otras normas u otros documentos nacionales
c) Cancelación o substitución total o parcial de normas.
d) Aclaraciones de que algunas partes del documento, por ejemplo criterios apéndices.
Índice de contenido.
Es un documento preliminar optativo, pero recomendado si el texto de la norma es mayor de 8 paginas y, en éste caso, debe de proporcionar una lista de capítulos para facilitar su consulta. El índice puede enumerar principales divisiones y apéndices o citar todas las divisiones y, posiblemente, mencionar las tablas y figuras. Todos los elementos mencionados en el índice del contenido deben tener sus títulos completos.
- Elementos generales de la norma.
Título
La relación del título debe establecerse con gran cuidado y ser la más concisa posible. No debe presentar ambigüedad y debe indicar específicamente el tema de la norma, evitando posibles confusiones con normas ya existentes o proporcionar detalles innecesarios. Cualquier aspecto adicional particular que se considere necesario, puede incluirse bajo los encabezados “objetivo” y/o “campo de aplicación”.
El título debe constituirse de elementos separados, cada uno de ellos tan corto como sea posible, partiendo de lo general a lo particular. Son generalmente suficientes tres de dichos elementos, por ejemplo
Rodamientos, Tolerancias, Definiciones.
44.4.1 Introducción.
Elemento opcional orientado a especificar el propósito que se desea obtener mediante la normalización considerada o a dar cualquier información que se requiera para el entendimiento de la norma.
Objetivo.
Este elemento debe ser incluido al principio de cada norma para definir sin ambigüedad el tema y el propósito del documento, aún si el tema aparece claramente indicado en el título. Este elemento sirve también para complementar o ampliar la información dada por el título. No debe ser usado para señalar especificaciones.
Campo de aplicación.
Este elemento debe ser incluido y su propósito debe establecer los límites de aplicabilidad de la norma o partes de la misma.
En algunos casos es conveniente combinar el “campo de aplicación ” con el “objetivo”, bajo el título general “objetivo y campo de aplicación”
Referencias
Éste elemento está destinado a proporcionar una relación completa de otras normas mexicanas que sea indispensable consultar para la aplicación de la norma.
La relación no debe incluir documentos que se hayan utilizado exclusivamente como fuente bibliografica de referencia en la preparación de la norma; estas fuentes deben aparecer al final de la norma bajo el título “Bibliografía”
44.4.2 Definiciones.
Es un elemento opcional que incluye las definiciones necesarias para el entendimiento de ciertos términos usados en la norma.
Símbolos y abreviaturas
Es un elemento opcional que incluye una relación de símbolos y abreviaturas usadas en la norma.
En algunos casos es conveniente combinar los símbolos y abreviaturas con las definiciones, de tal manera que reúnan los términos y sus definiciones con los símbolos, abreviaturas y, eventualmente sus unidades bajo el título genérico de “Definiciones”
- Elementos que constituyen el contenido técnico de la norma.
Terminología
Este elemento debe contener una relación por orden alfabético de términos empleados en el texto de la norma y que no hayan sido previamente incluidos en la correspondiente norma mexicana de terminología. Cada término de esta relación debe ser acompañado de su correspondiente definición.
Este elemento debe distinguirse del elemento “Definiciones”, el cual da las definiciones necesarias solo para el entendimiento de la norma que las contiene y generalmente se refiere a términos que tengan una aceptación específica en la norma.
En la preparación de las normas referidas a terminología normalizada, se deben tomar en cuenta los avances obtenidos en la terminología básica oficial.
Clasificación y designación del producto
Este elemento establece un sistema de clasificación y designación codificadas de los productos que cumplan con los requisitos establecidos. En algunos casos es conveniente combinar este elemento con las especificaciones dadas en el siguiente tema.
44.4.3 Especificaciones.
Este elemento establece:
- Todas las especificaciones nominales requeridas para el producto cubierto por la norma, que pueden ser: formas geométricas y dimensiones, requisitos de seguridad y otros;
- Los valores límites o tolerancias de estas especificaciones;
- Los métodos de prueba (véase métodos de prueba) para determinar o verificar los valores de estas especificaciones.
Deben incluirse los dibujos necesarios para aclarar el texto, especialmente en aquellas normas que se refieran a productos o elementos de difícil comprensión.
Materias primas y materiales.
Este elemento debe contener las especificaciones correspondientes a las materias primas o materiales del producto cuando en el título de la norma específicamente se establezca.
Muestreo.
Este elemento específica las condiciones y criterios de muestreo, así como los métodos para el tratamiento de las muestras. Puede ser situado al principio de los métodos de prueba, si así se considera conveniente.
44.4.4 Métodos de prueba.
Este elemento debe de dar las instrucciones relativas al procedimiento normalizado que debe seguirse para determinar los valores de las especificaciones o para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos, de tal forma que garantice la reproducibilidad de los resultados.
Las instrucciones relativas a los métodos de prueba deben subdividirse de la siguiente manera:
- Principio, resúmenes o fundamento.
- Reactivos y materiales.
- Aparatos y/o instrumentos especificando su precisión.
- Preparación y conservación de las muestras o probetas.
- Procedimiento.
- Expresión de los resultados, incluyendo el método de cálculo y la precisión del método de prueba.
- Informe de la prueba.
De ser posible por su concisión y brevedad, el método de prueba debe incluirse en el contenido técnico de la norma. Si el método requiere un gran número de páginas debe ser presentado en un apéndice de la misma norma.
Cuando exista o resulte posible establecer un método de prueba común para diferentes materias primas, materiales o productos, es conveniente hacer referencia al mismo o elaborar una norma por separado a la cual se hará referencia en la norma en cuestión.
Marcado, etiquetado, envase y embalaje.
Marcado. Este elemento definirá la manera en que deben hacerse las marcas e identificaciones que sean necesarias en un producto, incluyendo en los datos las disposiciones exigidas por leyes y reglamentos en vigor.
Etiquetado. Este elemento debe incluir los datos necesarios para la correcta utilización del material o producto incluyendo información que establecen las leyes, reglamentos y disposiciones oficiales vigentes.
Envase y embalaje. Este elemento debe contener los datos necesarios y especificaciones para el envase y embalaje de los productos, incluyendo las condiciones correspondientes a los símbolos para manejo, transporte, y uso de acuerdo con las leyes, reglamentos y disposiciones oficiales vigentes
NOTA: los elementos etiquetado, envase y embalaje pueden complementarse con apéndices, proporcionando ejemplos que señalen la forma de indicar la designación, el envase o embalaje, la entrega y otras informaciones esenciales.
- Elementos complementarios.
Apéndices
Los apéndices pueden ser:
- Partes integrales del cuerpo de la norma, las cuales por conveniencia, se colocan después del texto principal.
- Elementos que proporcionan información adicional, colocados después del texto de la norma y de la cual no forman parte integral.
Ya sea que el apéndice corresponda a la categoría a ó b, debe ser claramente redactado y correctamente colocado en el documento, si es necesario, debe darse una explicación amplia en el prefacio.
44.4.5 Notas al pie de página
Estos elementos complementarios proporcionan información adicional sin que sean parte integral del cuerpo de la norma y se colocarán al pie de la página, donde se encuentre el párrafo que debe aclararse.
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